Ciencia y Jurisprudencia

César Edmundo Manrique Zegarra

Ciencia y Jurisprudencia son dos clases complementarias de conocimiento metódico y sistemático. La Ciencia se fundamenta en criterios de Verdad. La Jurisprudencia, en criterios de Justicia. La Ciencia es la mas alta creación del Homo Sapiens. La Jurisprudencia obra del Homo Justus.


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Ciencia y Jurisprudencia son dos Clases distintas de conocimiento. Poseen propiedades comunes que las identifican como elementos del conjunto que en términos generales llamamos Conocimiento y son titulares de características singulares que señalan las diferencias entre ellas y marcan su separación.

Ciencia y Jurisprudencia se alimentan de la fe en la virtud de la razón para explicar e intervenir en el curso de los sucesos de la realidad. Son paradigma del racionalismo, que, –dice N. Da Costa- implica, entre otras cosas, “el sentimiento de que la razón constituye la mejor guía en la vida y en el mundo… y el fundamento último de nuestros conocimientos”. (2000, p56). Ese es el credo común que las anima. Apoyadas en esa creencia cada una de ellas construye, sobre el mundo percibido, la realidad posible o probable, siempre incierta, Científica o Jurídica. Igualmente valiosas.

En el aspecto teórico ambas persiguen alcanzar una explicación racional de los hechos o sucesos que percibimos, y en el aspecto práctico pretenden lograr su transformación haciendo uso, también racional, de los instrumentos que ellas mismas construyen y de los medios a disposición. Ese es el punto de partida de dos discursos complementarios que transitan por una serie de caminos que se entrecruzan y entretejen en diversos niveles. Para reconocer sus convergencias y diferencias podemos hacer un paralelismo entre ellas.

La Ciencia gira en torno al concepto de verdad en tanto que la Jurisprudencia en torno al de justicia. Verdad y Justicia son solamente términos de referencia porque la ciencia no alcanza a la primera ni la jurisprudencia a la segunda; pero ninguna de ellas puede prescindir de esos referentes. Las creencias científicas en que se sustentan las afirmaciones de verdad cambian y lo que fue cierto y verdadero ayer no lo es hoy. Las creencias en que se fundamenta el conocimiento Jurídico, también cambian, y el orden que se afirmaba como justo ayer tal vez no lo sea hoy. El universo geocéntrico de Ptolomeo, hoy no es siquiera el heliocéntrico de Copérnico, y el irrecusable postulado de igualdad sustituye a la legítima esclavitud del Derecho Romano.

Reflexionando sobre todo ello, J. Mosterín se animará a decir que “La ciencia es un cementerio de teorías, que sucesivamente se ha ido probando que son falsas, y se han ido proponiendo otras, que a su vez se ha probado que son falsas” (Mosterín 2002, p 165). La similitud justifica adelantar una paráfrasis respecto a la Jurisprudencia, y bien podríamos afirmar que: La Jurisprudencia es un cementerio de doctrinas que sucesivamente se ha ido demostrando que son injustas, y se han ido proponiendo otras, que a su vez se ha demostrado que son injustas.

Esto se comprueba cada vez que se propone una nueva teoría científica o se sustituye una prescripción legal por otra, pues esa es la razón de la sustitución. Las teorías o las leyes posteriores son presumiblemente menos erradas o menos injustas que las anteriores, en la medida en que reflejan el desarrollo del conocimiento científico o jurídico, respectivamente. Seguramente sabremos luego que nos equivocamos. Como anota J.S.Mill, en “toda época se ha sostenido opiniones que en épocas posteriores se ha demostrado que son no solo falsas, sino absurdas. Y muchas opiniones ahora generalizadas sin duda serán rechazadas por las épocas futuras.” (J.S.Mill, 1984.p,48).

Los cambios y transformaciones a que se encuentran sometidos los criterios de verdad y de justicia, sin embargo, no afectan ni causan mella en la certeza que nos anima a creer en que hay algo verdadero y hay algo justo que debemos alcanzar. Esa certeza última es el inconmovible y necesario sustento del ideal de racionalidad en que se inspiran ciencia y jurisprudencia.

Ciencia y Jurisprudencia, coinciden en sus aspectos tecnológicos y prácticos.

La ciencia en su persecución teórica está constreñida a la búsqueda de la verdad, pero en su aplicación tecnológica no puede prescindir de los criterios de justicia que fijan límites a la fuerza de sus efectos, so pena de convertirse en feroz instrumento de destructiva agresión.

La Jurisprudencia en su persecución teórica discurre por abstractas y universales definiciones de justicia, pero en su aplicación práctica no puede apartarse de la verdad singular y concreta de los hechos que la constriñen, so pena de convertirse en instrumento de opresión o arbitrariedad. Aquí varía el orden de prelación entre los conceptos de verdad y justicia, pero nada más, porque ambas, Ciencia y Jurisprudencia, se alimentan por igual de ellos.

La aplicación tecnológica del conocimiento científico, fuera de los márgenes que señalan los criterios de justicia y las exigencias éticas, rebaja la racionalidad a vulgar utilitarismo. Y en lo que atañe a la práctica jurídica vale decir que sólo cabe hacer lo justo sobre lo que se sabe o se cree verdadero. Las sentencias judiciales se sustentan en la verdad de los hechos probados por las partes y en lo que es justo de acuerdo a las leyes, pues, se supone que ellas lo son. Decíamos que es común a ciencia y jurisprudencia la certeza de que hay algo verdadero o algo justo y la fe en que ese algo puede alcanzarse por medio de la razón. Y, por eso, en la expresión de sus contenidos conjugan.

Ambas repelen la contradicción. En un sistema teórico científico no cabe que uno de sus teoremas sea verdadero y falso a la vez. Si así ocurre, se dice que la teoría es absolutamente consistente porque, entonces, en ese sistema, toda afirmación es verdadera y toda afirmación falsa. En el sistema teórico jurídico tampoco es valido afirmar que el mismo hecho sea justo e injusto a la vez. Si eso ocurre el sistema es arbitrario, porque en el contexto de tal sistema seria posible fundamentar la validez de cualquier decisión en cualquier caso y decir indistintamente que tal decisión es justa o es injusta.

La investigación de lo que es justo, es tan importante como la investigación de lo que es verdadero. Si la negación de la verdad es la falsedad, la negación de la justicia es la injusticia. Por consiguiente, Justo es negar lo Injusto y Verdadero negar lo Falso. La Ciencia niega lo falso y al hacerlo afirma la verdad. La Jurisprudencia niega lo injusto y al hacerlo afirma la justicia. En ello radica la riqueza de ambas y allí está el secreto de su inacabable progresión.

Verdad y Justicia son conceptos más amplios que Ciencia y Jurisprudencia. No todas las afirmaciones verdaderas forman parte de la Ciencia, ni todas las afirmaciones justas forman parte de la Jurisprudencia. Hay afirmaciones verdaderas o justas tan ciertas, valiosas, necesarias y útiles para la vida como las que acogen en su seno Ciencia o Jurisprudencia, que, sin embargo, no forman parte de los sistemas teóricos científicos o jurídicos. Esto no las hace menos verdaderas o menos justas, ni por ello las teorías científicas o jurídicas pierden consistencia o validez. No existe un monopolio de lo verdadero o de lo justo. Las proposiciones de verdad o de justicia, en cuanto hechos singulares, varían de acuerdo a las circunstancias de lugar, tiempo y modo. “El pronombre varía de referencia a cada cambio de hablante; varía de referencia con cada cambio de significado en el espacio; y "ahora" cambia de referencia cada vez que se lo profiere” (Quine, 1993,15) y la verdad o falsedad de lo que se afirma a partir de ellos también. Lo mismo ocurre con los vocablos , , de modo que, como anota de Aguiar, “el ... puede recibir cualquier significado, pues el “suyo de cada uno” puede variar dependiendo del tiempo, lugar, posición” (de Aguiar p,14) del hablante o del bien o cosa a que se refieren.

La Ciencia no es una colección indiscriminada de afirmaciones verdaderas ni las comprende a todas. La Jurisprudencia tampoco es una colección indiscriminada de afirmaciones justas, ni las comprende a todas. Se integran en sistemas teóricos, científicos o jurídicos, solamente aquellas proposiciones cuya verdad o justicia pueden demostrarse y justificarse mediante procesos deductivos al interior del sistema. Esa es tarea de la lógica, cuyas reglas valen tanto para ordenar los conocimientos científicos como los conocimientos jurídicos.

Ciencia y Jurisprudencia repelen la contradicción, pero tal repulsión no es absoluta. Una teoría científica que no admita la posibilidad de una afirmación falsa o una teoría jurídica que no admita la posibilidad de una afirmación injusta, devienen triviales o vanos, porque si todo en ellos es verdadero o justo, entonces son inútiles para negar la falsedad o la injusticia y, en consecuencia, para afirmarse a si mismos. Falsedad e injusticia señalan los límites dentro de los cuales las afirmaciones teóricas y las realizaciones prácticas son válidas, vale decir, verdaderas o justas y son, por eso mismo, en última instancia, el punto de contacto entre la teoría y la realidad, realidad que, como no puede ser de otra manera, la rebasa. Seguramente porque, como decía Goethe en el Fausto, “Gris es, mi querido amigo, toda teoría, verde el árbol dorado de la vida”.

La Ciencia -dice K. Popper- es un conjunto de verdades provisionales y conservan tal calidad mientras no sean falsadas por la experiencia. De la Jurisprudencia, mutatis mutandis, podríamos decir que es un conjunto de afirmaciones justas que conservan tal calidad mientras no se pruebe lo contrario.

Afirmamos que la Jurisprudencia es el conocimiento de lo justo, de acuerdo a la primigenia definición de Ulpiano. Ulpiano decía bastante más. Jurisprudentia est divinarum atque humanarum, rerum notitia, justi atque injusti scientia (L.10&2,D). “La Jurisprudencia es el conocimiento de las cosas humanas y divinas, ciencia de lo justo y de lo injusto” (E. Petit. 1971, pag. 11). Nosotros, sin violencia, podemos limitarla al conocimiento de lo justo en las cosas humanas. No hay ciencia de lo divino o de lo falso ni jurisprudencia de lo injusto.

La precedente comparación entre Ciencia y Jurisprudencia, indica que a despecho de la diversidad de los objetos que a cada una de ellas interesa y de los singulares fines que persiguen, que ciertamente determinan sus diferencias, ambas se asientan sobre estructuras similares.

Las líneas que unen las innumerables similitudes y convergencias que las vinculan, muestran que entre los conocimientos científicos y jurídicos hay una relación de simetría, de modo tal que a cada elemento de una corresponde un elemento de la otra, ubicados en similar posición y orden. Tienen la misma figura.

Existe una notable diferencia entre el vigoroso desarrollo alcanzado por el conjunto de los conocimientos científicos y el raquítico estado de postración en que se encuentra el conjunto de los conocimientos jurídicos.

En términos generales, hay una gran diferencia entre el estado de desarrollo alcanzado por las ciencias naturales, respecto al de las denominadas ciencias sociales. N. Chomsky asegura que es ínfimo el caudal de conocimientos, -de sustancia intelectual utilizable dice -, elaborada para entender la mecánica del hombre, de la sociedad, del lenguaje, de la conducta y del entendimiento humano; apenas un adarme de conocimientos que se muestra insuficiente para justificar las conclusiones de calidad más o menos general que se requeriría para explicar con mínimo rigor los procesos humanos y sociales, de modo semejante a como lo hace la ciencia natural respecto a los procesos de la naturaleza. (Chomsky, 1992). Parece que eso es cierto.

Tal vez el entusiasmo y la pasión puestos en la empresa, diseñada y desarrollada a partir del Siglo XVII, el “siglo maravilloso”, que ha conducido al inmenso desarrollo de los conocimientos científicos y a la creación de técnicas y métodos que nos han permitido alcanzar el dominio de las fuerzas naturales y el aprovechamiento de los bienes de la tierra, no ha dejado espacio suficiente para la reflexión sobre los fines o mejor dicho sobre el único fin que convalida lo avanzado y hecho hasta ahora: La Justicia.

En su comprensión mínima, simple y elemental la Justicia se reduciría solamente a negar su antípoda; la Injusticia, que no logramos controlar ni eliminar de las conductas, actos y hechos de los hombres. Creo percibir una gran contradicción en todo esto.

Gracias a la Ciencia, la vida humana en continuo crecimiento se extiende y distribuye sobre la faz de la tierra como nunca antes ocurrió, de modo que la valiosa y rica materia humana aumenta casi ilimitadamente; pero no sucede lo mismo con la distribución de los bienes que la tierra misma nos brinda y procuran la vida digna.

Sabemos mucho de las leyes de la naturaleza; hemos desentrañado sus secretos y tomamos lo que de ella nos sirve.

Conocemos algunas verdades que nos permiten manejar las cosas y movernos entre ellas con seguridad: La tierra gira alrededor del sol; el universo es finito pero ilimitado; el humano es un estado de la evolución de las especies; calculamos la antigüedad de la tierra; predecimos el curso de los acontecimientos, pero no sabemos cuales son las elementales leyes de lo justo, y creo que eso es totalmente injusto.

El homo sapiens sabe mucho de lo que percibe y ha inventado eficientes técnicas para utilizar los bienes de la naturaleza, pero poco o nada sabe de lo que hay que hacer para alcanzar lo justo y negar lo injusto.

No hay equidistancia entre el inmenso desarrollo de los conocimientos científicos que señalan ciertas verdades universales e incontrovertibles frente al raquítico enanismo de los conocimientos jurídicos estancados en el primitivo son provincial que reduce la mayoría de las veces el concepto de lo justo a la fuerza cuando no a violencia formal de lo legal. ¡Caprichosa criatura el hombre!, ¡Presuntuoso manojo de contradicciones! ¿Cómo es que declaramos conocer la verdad de las leyes de la naturaleza que no nos pertenecen ni son obra nuestra y desconocemos las leyes de lo justo que no pueden dejar de ser obra nuestra, obra que, además, compromete cotidiana e íntegramente nuestros actos y conductas?

Es sorprendente nuestra notoria ignorancia acerca de lo justo frente a nuestra declarada sabiduría respecto de lo verdadero.

Es sorprendente porque parece que saber qué de verdadero hay en la naturaleza, que es obra de Dios eterno, debe ser muchísimo más difícil y complicado que saber lo que es justo o injusto, ínsito en los actos, conductas y hechos de los hombres, nuestros efímeros congéneres de gustos, aficiones, virtudes, vicios y defectos similares.

Veo una antinomia tremenda. No conozco a nadie que sepa lo justo, y a nadie que no sepa lo verdadero. Y, por otra parte, todos, por experiencia propia, conocemos lo injusto y nadie asegura conocer lo falso. Parece que si cabe esperar algún desarrollo de los conocimientos sobre la materia humana, sobre el hombre y la sociedad, el mismo no podrá dejar de girar en torno a los criterios de justicia, que son los únicos que pueden conceder consistencia teórica a la reflexión sobre lo humano, y coherencia al desarrollo de las conductas, actos y hechos en que se resuelve la actividad práctica.

En orden a esa creencia, me atrevo a pensar que tal vez sea necesario que el homo sapiens, -el arcaico creador de la ciencia-, urgentemente acometa la empresa de buscar hasta encontrar al homo justus que en él radica, para que se aplique a la invención de la Jurisprudencia y nos diga en que consisten las leyes de lo justo, y alcancemos a formular algún día algunas afirmaciones que declaren las certezas que iluminen los pensamientos, las palabras, los actos y los hechos justos; y que, descubra la tecnología, métodos y procedimientos que a ello conduzcan. ¡Qué bueno sería! Entonces, quedarían en el compasivo y avergonzado recuerdo de los hombres la brutal guerra, el aspaviento de la invasión infame, el secreto de los acuerdos innobles, la cotidiana pelea por la sopa...